Para aquellos titulares que perciban un monto menor o igual al haber mínimo previsional, el bono se pagará en su totalidad.
Para aquellos titulares que perciban un importe superior a la mínima garantizada, se les otorgará el importe necesario para alcanzar el tope que resulte de sumar dicho haber mínimo más el monto máximo del bono.
Finalmente, la normativa aclara que, para percibir la suma extraordinaria, los beneficios previsionales deben encontrarse plenamente vigentes en el mismo mes en que se realice su liquidación oficial.