El Gobierno nacional, encabezado por Javier Milei, promulgó la Ley 27.801, que crea un nuevo régimen penal juvenil y reduce la edad de imputabilidad de 16 a 14 años.
La medida fue oficializada a través del Decreto 138/2026, publicado en el Boletín Oficial, luego de que la iniciativa fuera aprobada en el Senado de la Nación Argentina durante las sesiones extraordinarias.
La votación en la Cámara alta terminó con 44 votos afirmativos, 27 negativos y una abstención, lo que permitió la sanción definitiva de la norma.
La ley establece un nuevo esquema de responsabilidad penal para adolescentes, con sanciones que deberán considerar la edad del imputado y las circunstancias del delito.
El texto señala que el régimen debe estar orientado a la educación, resocialización e integración social del menor, con el objetivo de reducir la posibilidad de reincidencia.
Asimismo, la normativa determina que la privación de la libertad será el último recurso y deberá aplicarse por el tiempo más breve posible.
También se prohíbe la aplicación de penas perpetuas o indefinidas y la imposición de antecedentes penales permanentes.
En caso de que un adolescente deba ser detenido, la ley establece que deberá ser alojado en dependencias especialmente acondicionadas y bajo la supervisión de personal capacitado.
Además, queda expresamente prohibido que los menores sean alojados junto a personas mayores de edad.
Para los casos de menores que aún no alcancen la edad de imputabilidad, la legislación prevé la intervención judicial para investigar el hecho y aplicar medidas curativas o de protección, bajo la órbita de la justicia civil.
La norma también establece la especialización obligatoria de jueces, fiscales y defensores en materia penal juvenil.
El nuevo régimen reconoce de manera expresa los derechos de las víctimas de delitos cometidos por adolescentes.
Entre otras garantías, establece que las personas afectadas deberán ser informadas sobre el avance del proceso, podrán participar en las distintas etapas judiciales y acceder a mecanismos de reparación.
Además, la ley habilita la posibilidad de exigir responsabilidad civil a los padres o tutores del menor cuando se produzcan daños, en los términos que determine la sentencia judicial.




_(37)_1.png)