La querella no denunció una única omisión, sino retenciones no ingresadas en diversos períodos fiscales independientes. Ante esta multiplicidad de episodios, entra en juego el artículo 55, precepto que regula el “concurso real” de delitos. Esta figura jurídica establece que, ante la comisión de varios hechos independientes reprimidos con una misma especie de pena, los mínimos mayores y los máximos de las posibles condenas se suman.
Al acumularse los presuntos hechos a lo largo de 19 meses, la escala penal teórica se eleva drásticamente. Esta alta “pena en expectativa” constituye el fundamento central del magistrado para dictar la restricción migratoria. En la lógica del derecho procesal, ante la amenaza de una eventual condena de cumplimiento efectivo severa, se incrementa la presunción de riesgo de fuga. Para el Juzgado Penal Económico N° 5, este escenario obliga a imponer medidas preventivas inmediatas para asegurar la comparecencia de los imputados a las audiencias y evitar la evasión del accionar de la Justicia.